Haciendo el cuento corto, una pragmática sanción era una ley promulgada directamente por el rey, y que afectaba a elementos esenciales del propio Estado. Es decir, hablamos de cosas que atañen a la propia corona o de forma crucial a mucho ciudadanos. Tenemos por lo tanto al rey en sum máximo poder legislativo, creando leyes que cambian las bases del sistema y sin tener que obtener el consentimiento de las Cortes. Esta es la respuesta a qué es una pragmática sanción, pero lógicamente hay algo más de chicha en su historia.
En la explicación larga nos pararemos en las palabras. Según la RAE, una pragmática es, en su tercera acepción, una ley emanada de competente autoridad, que se diferenciaba de los reales decretos y órdenes generales en las fórmulas de su publicación. Por otra parte, sanción, también su tercera acepción en la RAE, identifica al acto solemne por el que el jefe del Estado confirma una ley o estatuto. Y sin dejar los diccionarios, el Diccionario panhispánico del español jurídico dice que una pragmática sanción es una ley que el rey promulgaba sobre aspectos fundamentales del Estado.
Eran muy excepcionales, aunque quizás tendrían que haberlo sido más. Tanto es así que se suelen identificar con el año en que fueron decretadas. Cambian elementos esenciales, y esas cosas no se puede tocar todos los días, pero aún así hubo algunas que anulaban otras y cosas similares. Cosas del poder absolutista y del Antiguo Régimen.
Una de las más famosas pragmáticas sanciones españolas es la de 1830, de Fernando VII. Es la que abolió la ley sálica (que como decía Def Con Dos era un poco fálica). Era un tema que venía ya dando tumbos desde años antes, pero que en ese 1830 por fin abrió las puertas para que las mujeres, a falta de hermanos varones, pudieran reinar. Arrastraba esta ley lo que ya decía otra pragmática sanción, la de 1789, que se había quedado en el cajón y no se había llegado a promulgar. Esta es la más famosa, pero hay otras casi igual de entretenidas.
La de 1767, de Carlos III, ordenaba la expulsión de los jesuitas de todos los dominios del rey de España, que no eran pocos. La de 1567, de Felipe II, contra los moriscos, prohibís su lengua, sus libros, su forma de vestir… También de Felipe II es la de 1559, que prohibía estudiar en el extranjero y de la que ya hablamos en su día. Felipe II contra los erasmus.
La pragmática de 1776, de Carlos III, prohibía los matrimonios desiguales. Esta ley contra los matrimonios morganáticos, esto es, los que unen a personas de distinta clase social, volvió a estar de actualidad cuando el actual rey de España, Felipe VI, anunció su compromiso con la reina Letizia. Al parecer la constitución de 1978 anulaba estas cuestiones del Antiguo Régimen, pero ahí hubo alguno que sacó el tema a relucir.
En un tiempo en que los reyes y las reinas tenían una importancia clave en el gobierno de los países, estas leyes sirvieron en muchos casos para controlar que la corona quedase en la familia o que no se partieran los dominios. Con este propósito se hizo la de 1713 de Carlos VI, también conocido como el archiduque Carlos de Austria. Este no fue rey de España (no está en la infografía sobre los reyes y sus reinados), pero era al que querían como rey los austracistas en la Guerra de Sucesión Española. Es decir, que también en este caso se cruzaron este tipo de leyes con la principal preocupación de los reyes, que su descendencia siga en el trono.
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Hombre, ésta no es tan "divertida", pero también tiene su aquel...
https://es.wikipedia.org/wiki/Diecisiete_Provincias
Sí, esa se me quedó en el tintero... Gracias por pasarte por aquí :)
Uf en América siguen las dinastías parentales un poco menos en Europa, total en el oriente África y Oceanía.
Soluciones la ética, lmoral y la puerta giratoria. El amiguismo, corroe las denominadas democracias y un etc.
Como es eso de que en todas partes cuecen habas :)