Cuál es y cómo funciona la línea sucesoria al trono de España

Cuál es y cómo funciona la línea sucesoria al trono de España

Todos sabemos que en la línea de sucesión al trono de España la primera posición la ocupa la Princesa de Asturias, Leonor de Borbón. Es la hija primogénita de Felipe VI, y dado que el rey únicamente tiene dos mujeres como descendencia, la historia nos ha salvado de la discusión sobre el derecho al trono si en lugar de otra mujer el segundo hijo nacido hubiera sido un varón. Siguiendo estrictamente la norma, este segundo vástago debería ser rey. Más allá de esto, veamos cuál es en este momento la línea de sucesión al trono de España y qué reglas la rigen.

Cómo funciona la línea sucesoria al trono de España está definido en la Constitución

Comencemos por esas reglas, que están recogidas en el artículo 57 de la Constitución, que está dentro del Título II (De la Corona). Si quieren conocer el texto exacto pueden leerlo aquí, aunque lo más destacado para lo que nos ocupa es:

  • Los herederos deben ser sucesores de Juan Carlos I.
  • Se favorece la línea anterior sobre las posteriores, por lo que prevalecen la descendencia del rey frente a la de sus hermanos.
  • Primero los primogénitos, es decir, el hermano mayor antes que el menor.
  • Los hijos de un fallecido conservan los derechos de su padre o madre. Esto es lo que indica el principio de representación. Así, si la princesa Leonor tiene un hijo, y ella fallece, ese hijo sería rey antes que la hermana de la princesa, aunque sea hija de Felipe VI.
  • En el mismo grado, el varón tiene preferencia ante la mujer.

Hay otros puntos interesantes. Por ejemplo, si alguien en la línea de sucesión al trono se casa contra la expresa prohibición del Rey y las Cortes Generales, pierde sus derechos sucesorios, y también los pierden sus descendientes.

No hay una lista como tal, sino que se construye a partir de las reglas

Ahora que conocemos las normas, es relativamente fácil construir esa lista ordenada de candidatos a ser rey o reina de España.

  1. Doña Leonor, Princesa de Asturias: Primogénita del Rey.
  2. La infanta Doña Sofía: Segunda hija del Rey.
  3. La infanta Doña Elena: Hermana mayor del Rey.
  4. Don Felipe Juan Froilán de Marichalar y Borbón: Hijo mayor de la Infanta Elena.
  5. Doña Victoria Federica de Marichalar y Borbón: Hija menor de la Infanta Elena.
  6. La Infanta Doña Cristina: Hermana menor del Rey.
  7. Don Juan Valentín Urdangarín y Borbón: Hijo mayor de la Infanta Cristina.
  8. Don Pablo Nicolás Sebastián Urdangarín y Borbón: Segundo hijo de la Infanta Cristina.
  9. Don Miguel Urdangarín y Borbón: Tercer hijo de la Infanta Cristina.
  10. Doña Irene Urdangarín y Borbón: Hija menor de la Infanta Cristina.

Técnicamente estos serían los sucesores de Juan Carlos I, por lo que ahí se agotaría la lista corta y sin matices. Según la ley, si se extingue esta línea, que ya sería mala suerte, las Cortes Generales tienen potestad para determinar lo que consideren mejor a los intereses de España.

Pedro I

Por otra parte, se podría considerar a Pedro de Borbón-Dos Sicilias y Orleans como el siguiente después de Irene Urdangarín y Borbón, aunque ya sabemos que esto es mucho decir con la ley en la mano. La Constitución concede los derechos a Juan Carlos I por ser legítimo heredero de la dinastía histórica, y por ese hilo se llega a este undécimo puesto. Los derechos de Pedro de Borbón, que es Grande de España entre otros títulos, eso sí, le vienen por ser hijo del infante Carlos de Borbón-Dos Sicilias, fallecido en 2015. Este era primo hermano del rey Juan Carlos I. En concreto, la madre del rey, María de las Mercedes de Borbón y Orleans, y el padre del infante Don Carlos de Borbón-Dos Sicilias eran hermanos.

Es cierto que sería muy extraño que llegara a reinar alguien fuera de las primeras posiciones de la lista, pero quién sabe viendo las vueltas que da la historia.
Por cierto, a colación de todo esto, el rey Juan Carlos I ha sido el único Príncipe de España.

Un comentario

  1. Por ser tiquismiquis, el artículo 4 dice que:

    Aquellas personas que teniendo derecho a la sucesión en el trono contrajeren matrimonio contra la expresa prohibición del Rey y de las Cortes Generales…

    Y. O sea, que si no «interpretamos» eso, el Rey puede decir lo que quiera que si las Cortes dan permiso…:-)

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