Algunos artículos interesantes de la Constitución de 1812, la Pepa

Algunos artículos interesantes de la Constitución de 1812, la Pepa

Aprovechando que mañana es el aniversario de la Constitución española de 1812, que también se conoce como la constitución de Cádiz, vamos a hacer una brevísima extracción de algunos artículos interesantes de la Constitución de 1812, la Pepa. Fue la primera Constitución promulgada en España y, como ya les conté aquí hace años, se conoce también como la Pepa porque esto ocurrió el 19 de marzo, que es el día del padre y el día de San José. Y como a los José coloquialmente se les llama Pepe, pues la constitución se quedó con el apodo de la Pepa.

Algunos artículos interesantes de la Constitución de 1812, la Pepa, lo son por comparación con la actualidad

La constitución estuvo vigente en tres etapas diferentes, de 1812 a 1814, del 20 al 23 y del 36 al 37. Como vemos, no una vida demasiado larga. A continuación les dejo algunas frases de la misma que me parecen, como decía, interesantes o curiosas. En algunos casos, sencillamente por comparación con la realidad de nuestro tiempo. Pero ya saben que no se debe juzgar el pasado con los ojos de nuestros días.

Aquí les dejo algunos artículos interesantes de la Constitución de 1812, la Pepa, directamente sacados de ella.

  • Art. 1. La Nación española es la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios.
  • Art.10. El territorio español comprende en la Península con sus posesiones e islas adyacentes[…] con las demás posesiones de Africa. En la América septentrional, Nueva España, con la Nueva Galicia y península del Yucatán, Guatemala, provincias internas de Occidente, isla de Cuba, con las dos Floridas, la parte española de Santo Domingo, y la isla de Puerto Rico, con las demás adyacentes a éstas y el Continente en uno y otro mar. En la América meridional, la Nueva Granada, Venezuela, el Perú, Chile, provincias del Río de la Plata, y todas las islas adyacentes en el mar Pacífico y en el Atlántico. En el Asia, las islas Filipinas y las que dependen de su gobierno.
  • Art. 12. La religión de la Nación española es y será perpetuamente la católica, apostólica, romana, única verdadera. La Nación la protege por leyes sabias y justas y prohíbe el ejercicio de cualquiera otra.

El objetivo del Gobierno es la felicidad de la Nación

  • Art. 13. El objeto del Gobierno es la felicidad de la Nación, puesto que el fin de toda sociedad política no es otro que el bienestar de los individuos que la componen.
  • Art. 24. La calidad de ciudadano español se pierde: […] Por admitir empleo de otro Gobierno […].
  • Art. 25. El ejercicio de los mismos derechos se suspende: […] Por no tener empleo, oficio o modo de vivir conocido […]
  • Art. 168. La persona del Rey es sagrada e inviolable, y no está sujeta a responsabilidad.
  • Art. 172. […] No puede el Rey ausentarse del reino sin consentimiento de las Cortes; y si lo hiciere se entiende que ha abdicado la corona.
  • Art. 303. No se usará nunca del tormento ni de los apremios. [para administrar justicia]

Los alcaldes se cambian cada año, y no pueden repetir hasta que pasen otros 2 años

  • Art. 315. Los alcaldes se mudarán todos los años, los regidores por mitad cada año, y lo mismo los procuradores síndicos donde haya dos: si hubiere sólo uno se mudará todos los años.
  • Art. 316. El que hubiere ejercido cualquiera de estos cargos no podrá volver a ser elegido para ninguno de ellos, sin que pasen por lo menos dos años, donde el vecindario lo permita.
  • Art. 339. Las contribuciones se repartirán entre todos los españoles con proporción a sus facultades, sin excepción ni privilegio alguno.
  • Art. 361. Ningún español podrá excusarse del servicio militar, cuando y en la forma que fuere llamado por la ley.
  • Art. 366. En todos los pueblos de la Monarquía se establecerán escuelas de primeras letras, en las que se enseñará a los niños a leer, escribir y contar, y el catecismo de la religión católica, que comprenderá también una breve exposición de las obligaciones civiles.
  • Art. 371. Todos los españoles tienen libertad de escribir, imprimir y publicar sus ideas políticas sin necesidad de licencia, revisión o aprobación alguna anterior a la publicación, bajo las restricciones y responsabilidad que establezcan las leyes.

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