Separación en la Edad Media

Fue la Edad Media una época en la que la mujer no estaba muy “cuidada” por las leyes y las costumbres. Podía ser azotada y hasta ajusticiada en caso de ser adúltera, mientras que su marido o esposo, en la misma situación, no recibía reprimendas de ese calibre.

Precisamente es por esto por lo que llama aún más la atención el documento de 1431, escrito por un notario de Parma, en el que un matrimonio pacta su separación de mutuo acuerdo. Simone di Matrezzo, tejedor, y su mujer, Pasquina Mateoli, acordaron frente a aquel notario que debido a sus diferencias y continuas discusiones, que como era costumbre acaban con la mujer recibiendo insultos en el mejor de los casos y golpes en el peor, se iban a separar. Aceptaban vivir bajo distintos techos hasta que ambos decidieran volver a convivir.
Toda una sorpresa que hubiera ya separaciones de mutuo acuerdo en aquellos siglos, aunque que quede constancia de que la mujer recibía palizas nos da una idea de su posición real.

5 comentarios en “Separación en la Edad Media”

  1. Yo había oído hablar sobre uno juicios donde se probaba la impotencia del marido y que con esto se podían separa o algo así, pero no me acuerdo del todo bien como era. Si puedes averiguar algo estaría bueno.
    Un Saludo
    Uriel

  2. @Uriel: Encontré esto sobre el divorcio en el catolicismo:

    "Los matrimonios cristianos antes de la consumación pueden disolverse al profesar solemnemente en una orden religiosa, o por un acto de autoridad papal".

    Sin saber mucho, yo recuerdo haber leído que se supone que el matrimonio se establecía (no sé si todavía es así o ya no) hasta después de la consumación del acto sexual. Por lo tanto, si se podía demostrar que tal cosa no había ocurrido, en un sentido estricto el matrimonio no había ocurrido; luego la separación era posible.

    Por otra parte, sobre la Curistoria, ignoraba que la separación era posible. Del mismo documento anterior:

    "La separación (divortium imperfectum) se permite en diferentes casos, especialmente en el caso de adulterio, infidelidad o herejía de parte del marido o la mujer."

    En este caso, la pareja sigue casada (luego, no puede contraer otro matrimonio) y sólo separada. De hecho, parece que efectivamente se contemplaba la separación física, cuando "la cohabitación no es aconsejable". Pero no era un divorcio en términos modernos.

    Lo que me sorprende de la Curistoria es que la causa aludida haya sido por malos tratos, y no por algo "realmente importante" (sic :p) relacionado con la fe. ¿Tendría la esposa contactos con alguna persona influyente?

    Las citas las saqué de aquí:
    http://ec.aciprensa.com/d/divorcioteomoral.htm

  3. Por lo que me consta, la figura de la mujer en la Edad Media no es tan oscura como comunmente se cree: sobre esto hay cierto debate entre los estudiosos.
    Lo que parece claro es que, en cualquier caso, la infidelidad masculina era considerada delito, en la Edad Media: lo cual no era así, en el Imperio Romano, por ejemplo. Y en todo caso, era un castigo mas suave que otros que se aplicaban en la zona.
    Y a mi también me resulta curioso que se aplique como razón de separación corporal, las palizas que recibía la esposa. Puede esto indicar que no estaban bien vistas?

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